1. Situación en la que un investigador incurre cuando en vez de cumplir con lo debido, toma sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.
Fuente: Reglamento RENACYT (Concytec).
2. Los conflictos de interés surgen cuando los autores, revisores o editores tienen intereses no totalmente explícitos y que pueden influenciar su juicio sobre lo que se publica.
Fuente: Latindex. (2020). Glosario Latindex. https://www.latindex.org/lat/documentos/Glosario_Latindex_esp.pdf
3. Conflicto entre el deber público y los intereses privados de un empleado, cuando el empleado tiene, a título particular, intereses que podrían influir indebidamente en la forma correcta de ejercicio de sus funciones y responsabilidades oficiales
Los conflictos de intereses surgen en situaciones en las que el adecuado cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades profesionales públicas, el criterio o juicio profesional, o el cumplimiento de la misión institucional pueden verse afectados, indebidamente, por intereses privados o secundarios.
El conflicto de intereses real se caracteriza por la concurrencia efectiva de intereses contrapuestos. Se considera conflicto aparente aquel en el que no existe de facto colisión de intereses, pero las circunstancias hacen sospechar su existencia, lo que resulta tan perjudicial como el conflicto real para la confianza y credibilidad pública. Tanto los conflictos reales como los aparentes han de evitarse y, en todo caso, declararse para su adecuada consideración y tratamiento. Asimismo, deben declararse los conflictos de intereses potenciales, que son aquellos que derivarían en reales de no adoptarse las oportunas medidas, consistentes, habitualmente, en inhibirse o abstenerse de actuar, de pronunciarse o de decidir sobre el asunto base del conflicto.
Fuente: Consejo superior de Investigaciones Científicas. (2015). Manual de conflicto de intereses del CSIC. Madrid: CSIC. Retrieved from https://www.csic.es/sites/www.csic.es/files/manual_de_conflictos_de_intereses_del_csic_version_espanol_ingles.pdf