Las unidades institucionales pueden emprender una serie de acciones con la intención de desarrollar innovaciones. Esto puede requerir recursos dedicados y participación en actividades específicas, incluidas políticas, procesos y procedimientos.
En cuanto a las actividades de innovación, estas incluyen todas las actividades de desarrollo, financieras y comerciales emprendidas para dar como resultado una innovación para la institución, estas incluyen:

a) Actividades de investigación y desarrollo experimental (I + D).
b) Actividades de ingeniería, diseño y otros trabajos creativos.
c) Actividades de marketing y equilibrio de marca.
d) Actividades relacionadas a la propiedad intelectual (PI).
e) Actividades de formación de empleados.
f) Actividades para el desarrollo de software y base de datos.
g) Actividades relacionadas con la adquisición o arrendamiento de bienes tangibles.
h) Actividades para la gestión de la innovación.

Las actividades de innovación pueden dar como resultado que una innovación sea continuada, pospuesta o abandonada.

Fuente: Congreso de la República del Perú. (2021). Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 1–17. https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ley-del-sistema-nacional-de-ciencia-tecnologia-e-innovacion-ley-n-31250-1968664-1

 

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